Los distintos trabajos publicados en INFOJUS NOTICIAS hasta el 9/12/2015 expresan la opinión de sus autores y/o en su caso la de los responsables de INFOJUS NOTICIAS hasta esa fecha. Por ello, el contenido de dichas publicaciones es de exclusiva responsabilidad de aquellos, y no refleja necesariamente la posición de las actuales autoridades del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos respecto de los temas abordados en tales trabajos.

Infojus Noticias

25-11-2015|17:05|GÉNERO SaltaProvinciales
Mirtha Sisnero inició la lucha por el cupo en 2008

Deniegan recursos en la causa por las mujeres choferes de ómnibus

La Corte de Justicia de Salta desestimó pedidos presentados por las empresas de colectivos, en los que solicitaban incorporar personal masculino de manera “excepcional”. En mayo, el máximo tribunal provincial había ordenado, en línea con una sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, eliminar la discriminación contra las mujeres y cumplir con el cupo femenino.

  • Facebook
Por: Infojus Noticias

La Corte de Justicia de Salta desestimó recursos extraordinarios presentados por los abogados de empresas de colectivos contra la sentencia que, cumpliendo un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ordenó la incorporación de mujeres como choferes de ómnibus en la provincia. En aquella sentencia, además, se ordenaba el cese inmediato de la discriminación por razones de género y acciones positivas para la incorporación de mujeres. Sin embargo, las empresas cuestionaron la competencia del Poder Judicial para determinar esas acciones positivas y pidieron autorización para  incorporar personal masculino de manera “excepcional”.

Uno de los recursos fue presentado por la empresa Ahynarca S.A. en contra de una sentencia del Alto Tribunal en la causa “Sisnero, Mirtha Graciela; Caliva, Lía Verónica vs. Ahynarca SA; Tadelva y otros. Amparo. Recurso de apelación”. Pero el máximo tribunal provincial denegó el recurso extraordinario y argumentó que la presentación “no logra rebatir todos y cada uno de los fundamentos que dan sustento a la decisión apelada”.

Los jueces Ernesto Samsón, Susana Graciela Kauffman de Martinelli, Marcelo Domínguez, José Gerardo Ruiz y Nelda Villada Valde consideraron que tampoco “demuestra que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales que invoca y lo debatido y resuelto en el caso, y que la decisión impugnada sea contraria al derecho invocado”.

¿Y el cupo femenino?

Tres abogados que representan a las empresas de transporte provincial San Ignacio S.R.L., Transporte Lagos S.R.L., Transal S.R.L. y Ale Hermanos S.R.L. llegaron al tribunal salteño pidiendo que “de modo excepcional, se les autorice a contratar personal masculino sin perjuicio de reiterar la voluntad de todas las empresas que representan de dar cumplimiento a la sentencia de la Corte”. Una solicitud contraria a la sentencia que, en mayo pasado, emitió la Corte salteña, en línea con lo planteado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en la que ordenaba la incorporación de mujeres como choferes de ómnibus en la provincia.

Las empresas, representadas por Hipólito Irigoyen y Alfredo Velarde, sostenían que “han iniciado el proceso para el ingreso de las postulantes inscriptas, pero que ya tenían un cupo de choferes varones en condiciones de ser admitidos en forma inmediata” y pedían ingresar personal masculino “por razones de seguridad pública, el trámite de preselección y exámenes que deberá llevarse a cabo para poder incorporar al personal del cupo femenino puede demorar un tiempo estimado en treinta días corridos”.

Los magistrados supremos de Salta advirtieron que esa petición “tiene por objeto lograr una modificación del fallo dictado por esta Corte” y que “no obstante haber sido solicitado en carácter de excepción, no resulta legalmente procedente”, advirtiendo que con el dictado de la sentencia “ha concluido la competencia apelada de este Tribunal.”

La lucha de Mirtha

Mirtha Sisneros, de 43 años, tenía carnet como chofer de  transporte interurbano y de larga distancia pero las ocho empresas que tienen la concesión del transporte urbano en Salta no la contrataron por su condición de género. Frente a esa situación, presentó un amparo contra la Sociedad Anónima del Estado del Transporte Automotor (SAETA) y la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMT) y tuvo una sentencia favorable en la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de la ciudad de Salta. Sin embargo, el máximo tribunal provincial había revocado esa sentencia.

El caso llegó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación que, en 2014, rechazó lo resuelto por el máximo tribunal salteño y ordenó el dictado de un nuevo fallo. Así fue que, en mayo de este año, la Corte de Justicia de Salta ordenó a las empresas de transporte provincial incorporar a mujeres como conductoras de ómnibus y eliminar todo tipo de discriminación en esa línea.

Los jueces salteños –que habían votado de modo contrario con antelación–aclararon que la nueva sentencia “debe atenerse al contenido del fallo dictado por la Corte Suprema” donde encuadran el caso en “prácticas discriminatorias contra las mujeres en general y contra la señora Sisnero en particular”. Por eso, dispusieron “acciones positivas” que permitan “asegurar la igualdad real de oportunidades de las mujeres”.

GA/LL

Relacionadas