Los distintos trabajos publicados en INFOJUS NOTICIAS hasta el 9/12/2015 expresan la opinión de sus autores y/o en su caso la de los responsables de INFOJUS NOTICIAS hasta esa fecha. Por ello, el contenido de dichas publicaciones es de exclusiva responsabilidad de aquellos, y no refleja necesariamente la posición de las actuales autoridades del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos respecto de los temas abordados en tales trabajos.

Infojus Noticias

14-5-2015|10:00|Superclásico Nacionales
Superclásico

La Justicia ordenó a Boca Juniors venderle entradas a 42 socios activos

Los simpatizantes se presentaron ante la Justicia para poder comprar los boletos a su valor oficial para asistir al superclásico de la Copa Libertadores de América. Cinco jueces civiles les dieron la razón y coincidieron en que tenían “prioridad”, según los estatutos del club.

  • Télam
Por: Infojus Noticias

Cinco jueces civiles ordenaron a Boca Juniors que venda entradas a 42 “socios activos” para el superclásico de esta noche por la Copa Libertadores de América. Sólo uno rechazó el pedido de los hinchas. En líneas generales, los simpatizantes se presentaron ante la Justicia para que el club les venda entradas al valor oficial porque se vendieron entradas por Internet para socios adherentes “en detrimento de los socios activos”.

Las demandas fueron presentadas en distintos juzgados y por distintos socios después de que el club Boca Juniors pusiera a la venta por su página web una 4500 entras para socios adherentes.  Ocho causas se abrieron en las últimas 24 horas en la justicia civil por amparos presentados por unos 62 socios. El resultado en casi todas fue el mismo, hacer lugar a la medida cautelar, pero en una de ellas se rechazó el pedido para poder comprar entradas y en otro se rechazó el amparo.

El primer sí

Los socios Nicolás Bondarovsky, Eduardo Etcheverry, Leonel Garzón y Mariano Alonso, que fueron a la justicia civil explicaron que los socios adherentes -según el estatuto del club- no están habilitados para ir a la cancha. La jueza civil Marcela Penna dictó una medida cautelar y ordenó al club Boca Juniors venderle entradas a cuatro hinchas para el partido de hoy.

La titular del Juzgado Civil 31 consideró válido el pedido porque -según los estatutos del club- “la diferencia entre ambas categorías estriba justamente en que el socio adherente no está habilitado a ir a la cancha con su carnet, pues recién podrá hacerlo cuando pase a socio activo”, explicó la jueza.

“Dada la prioridad brindada estatutariamente a los socios activos, que se hallaría vulnerada en caso de concretarse la venta de las localidades aún existentes a los socios adherentes, corresponde acceder a la medida solicitada”  y ordenó a Boca Juniors que “disponga las medidas necesarias a los efectos que se otorgue prioridad a los actores, en su calidad de socios activos de la institución, sobre los socios adherentes, para la adquisición de las localidades puestas a la venta”, dijo la jueza.

Penna resolvió otra causa de igual manera pero presentada por otros cinco socios: Leandro Sosa, Osvaldo Orihuela, Ornella Orihuela, Matías Ramos Frare y Cecilia Luchetti.

A buscarlas a la cancha

Igual suerte corrieron los hinchas Silvia Gomez, Javier Vega, Sebastián Capristo Acosta, Pablo Peyregne, Germán Carbone, Facundo Galvan y Maximiliano Taliani. El titular del Juzgado Civil 101, Alejandro Verdaguer, también les dio la razón y ordenó que se les vendan entradas.

“Los actores, como socios activos (lo cual tengo acreditado con la fotocopia que adjuntan y la fe que da el letrado al suscribir cada una de ellas), tienen la facultad de acceder al estadio” lo que “torna verosímil el derecho que invocan como sustento de la medida que peticionan”, sentenció el juez que ordenó se le vendan entradas en la sede del club ubicada sobre la calle Brandsen, en el barrio de La Boca.

Misma resolución tuvo el juez a cargo del Juzgado Civil 50, Pablo Aguirre. Citó distintos artículos del estatuto del club y del reglamento de socios adherentes y dio el visto bueno a la medida cautelar pedida por Mariana Vázquez, Diego Vázquez, Edgardo Jiménez, Fabián Burattini, Christian Taboada, Horacio Taborda y Fabio Novillo. Aguirre citó el fallo de la jueza Penna y resolvió en “idéntico sentido”.

La misma línea

La titular del Juzgado Civil 20, Ana Sotomayor, también dictó una medida cautelar debido a “la proximidad temporal con el evento deportivo que veda la posibilidad de colectar mayor material probatorio”. Favoreció a los hinchas Sebastián Báez, Juan Banegas, Fernando Figueroa, Luciano Gomez, Sebastián Manolio, Emilio Ominetti, Miguel Rossi, Ariel Tolosa, Agustín Trentaque y Sebastián Vivas.

Repitiendo los argumentos de sus colegas, la jueza explicó que los estatutos otorgan “a los socios activos la posibilidad de ingreso al estadio de fútbol mientras que no lo hace respecto de los adherentes”.

Lo mismo hizo Hernán Pagés, a cargo del Juzgado Civil 78, quien habló de la “prioridad brindada estatutariamente a los socios activos” y ordenó la medida cautelar a favor de Nicolás Vergara, Carlos Navarro, Maximiliano Ortiz, Nicolás Monteverde, Ángel Torres, Agostina Sosa, Ignacio Silva Barrios y Norberto Popolizio.

Las que no prosperaron

La jueza María Verónica Ramírez, titular del Juzgado Civil 73, fue la única que no hizo lugar a la medida cautelar de otro grupo de hinchas porque, según la sentencia, no se “encuentro acreditado el recaudo de la verisimilitud en el derecho a los fines de la procedencia de la cautelar intentada”. Se trata de una presentación que incluyó a 13 hinchas de Boca.

Entre otras cosas, porque quienes presentaron el amparo con el pedido de medida cautelar no acreditaron “la calidad de socio activo que se denuncia en el escrito de inicio por cuanto las copias acompañadas a tales fines, son copias simples y no responden a la totalidad de los presentados en autos”.

Claudio Gutiérrez, Pedro Favre, Sergio Adrián Larosa, Juan  Aguilar, Javier López de Vicuña, Nicolás Bozzano y Ariel Tozzi, tampoco fueron favorecidos por las medidas de los jueces civiles. En este caso del titular del Juzgado Civil 98, Alberto Narvaez, directamente rechazó el amparo que presentaron porque consideró que no se encontraban “acreditados sus presupuestos de procedencia, así como también la medida cautelar requerida por los demandantes”.

GA/WP

Relacionadas