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Infojus Noticias

28-4-2015|15:00|Jurado popular Nacionales
El dictamen fue apelado por la defensa del imputado

Debate: ¿Puede un juez negar al acusado el juicio por jurados?

Un magistrado de la localidad bonaerense de Azul rechazó el pedido de un acusado de ser juzgado en un debate oral y público con juicio por jurados. Argumentó que el sistema es “oscurantista” y que contradice la Constitución. “El juez no puede hacer esto de ninguna manera”, dijo Andrés Harfuch, del Inecip. Para el juez Mario Juliano, “postula un esquema representativo: que el pueblo no gobierna ni delibera sino a través de sus representantes”.

  • Los ciudadanos que participaron del primer juicio por jurados bonaerense. Foto: Télam.
Por: Juan Carrá

En Azul, un hombre acusado por un homicidio y dos tentativas aceptó ser juzgado en un debate oral y público con sistema de jurados, tal como prevé la Constitución Nacional y la Justicia de la provincia de Buenos Aires que incorporó el sistema meses atrás. El juez Carlos Pagliere (h), presidente del Tribunal Oral Criminal 2 de esa localidad, rechazó el pedido. Sus argumentos: que el sistema es “oscurantista” y que contradice a la Constitución. El dictamen fue apelado por la defensa del imputado y ahora será la Cámara la que defina cómo seguirá el proceso.

Mientras tanto, se instaló el debate. Andrés Harfuch, director del área de Juicio por Jurados del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (Inecip), en diálogo con Infojus Noticias, fue contundente: “El juez no puede hacer esto de ninguna manera”. Y explicó: “En este caso, Pagliere sostiene que el juicio por jurados es inconstitucional cuando está tres veces mencionado en la Constitución Nacional. Creo que habría que hacer una voltereta jurídica o académica muy grande para terminar concluyendo que el juicio por jurados es contrario a la Constitución”.

Mario Juliano, juez del Tribunal en lo Criminal 1 de Necochea y presidente de la Asociación Pensamiento Penal, está en las “antípodas” del pensamiento de Pagliere, pero sostuvo que técnicamente, en abstracto, es factible que un juez pueda señalar la inconstitucionalidad de una norma. “Los jueces, en general, tenemos el control difuso de constitucionalidad, esa posibilidad de controlar la posible inconstitucionalidad de todas las leyes que se dicten, tarea que debe ser realizada con mucha prudencia porque las leyes provienen de un poder que cuenta con legitimidad popular permanente, a diferencia de los jueces”, explicó.

La oposición del juez de Azul no es una novedad. En su blog “Argentina sin juicios por jurados” ha mostrado su oposición abierta a esta metodología. “El sistema de juicio por jurados es el más antidemocrático, antirrepublicano y antiliberal de Occidente. El jurado no es el pueblo ni ha sido elegido por el pueblo: es la tiranía del azar. El jurado condena y absuelve porque sí, sin dar explicaciones al imputado, a la víctima (o sus familiares) ni a la sociedad en general, lo cual es absolutamente inconstitucional”, dice un texto en el que expone los argumentos que esgrime para señalar al juicio por jurados como contrario a la constitución.

Juliano no acuerda con lo planteado y sostiene que desde su perspectiva del Derecho los argumentos no son válidos.  “Creo que los argumentos que utiliza se aferran a un esquema constitucional de la República y la democracia que no está actualizado. Adhiere y postula un esquema estrictamente representativo, es decir que el pueblo no gobierna ni delibera sino a través de sus representantes”, remarcó el juez de Necochea que ha seguido de cerca todo el debate sobre la aplicación de los jurados al sistema penal argentino.

Desde su punto de vista, el enfoque de Pagliere se inscribe dentro de una línea de pensamiento que no está actualizada: “Cuando la Constitución se reformó en 1994, se introdujeron formas de una democracia mucho más deliberativa y participativa, superando la idea de la representatividad”, explicó para dejar en claro una de las disidencias con el fallo del magistrado de Azul.

Obligatorio al menos para los delitos graves

En la misma línea, Harfuch agregó que desde el Inecip siempre sostuvieron que el juicio por jurados, para nuestra Constitución, es obligatorio por lo menos para los delitos graves. “Sin embargo, la provincia de Buenos Aires decidió poner un juicio por jurados como derecho del acusado, es decir el acusado puede renunciar a este tipo de juicio. En este caso en particular, el acusado no solamente que no renunció sino que pidió expresamente ser sometido a la modalidad de jurados, que es como se marca que deben ser los juicios”, dijo.

Otra de las líneas argumentales que expresó Pagliere en su oposición tiene que ver con lo que él califica como “sistema primitivo, retrógrado y oscurantista”. Desde su mirada del Derecho, el juicio por jurados “niega todo un siglo de moderna ciencia penal para poner el juzgamiento en manos de personas ignorantes del derecho y fácilmente influenciables que deciden con sentimentalismo, ceguera e irracionalidad. El sistema no sólo perjudica a la gente y perturba la administración de justicia, sino que también es caro, lento y fracasado en todo el mundo”.

“Paglieri dice que los ciudadanos no son suficientemente idóneos para hacer el juzgamiento de los casos criminales. Yo discrepo absolutamente. El juicio por jurados, naturalmente, es un juzgamiento que se hace desde el sentido común, un sentido común de un conjunto de ciudadanos que representan a diferentes estratos sociales, actividades, hombres mujeres, un corte de la sociedad bastante más amplio y generoso del que representamos los jueces”, respondió Juliano.

La resolución del caso puntual está en manos de la Cámara de Apelaciones y será fundamental en cuanto a la jurisprudencia que pueda dejar plasmada para el futuro.

JC/RA

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