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Infojus Noticias

21-4-2015|17:40|Neuquén NeuquénProvinciales
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La resolución hizo lugar a un pedido de la viuda del docente y sus dos hijas

Seguirá la investigación para esclarecer el crimen de Carlos Fuentealba

El Tribunal de Impugnación de Neuquén revocó los sobreseimientos del ex subsecretario de Seguridad, Raúl Pascuarelli y los jefes de la policía provincial, Carlos Salazar y Moisés Soto, y de otros 12 policías. Con este fallo, continuará la causa que busca determinar las responsabilidades políticas en el crimen del docente durante una protesta gremial en 2007.

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Por: Infojus Noticias

El Tribunal de Impugnación de Neuquén, con el voto mayoritario de los jueces Liliana Deiub y Federico Sommer –Gladys Folone votó en minoría-, dio marcha atrás con el sobreseimiento de los 15 imputados en la causa “Fuentealba II”, que el 5 de septiembre de 2014 había dictado la jueza de Garantías de Neuquén, Ana del Valle Malvido, y había virtualmente clausurado la causa por las responsabilidades políticas en el crimen del docente Carlos Fuentealba.

“Estamos sumamente satisfechos”, dijo a Infojus Noticias el abogado Gustavo Palmieri, que representa a Sandra Rodríguez, la viuda del docente neuquino. “Si bien no se expidieron acerca de nuestra línea argumental, de que por ser un caso grave de violaciones a los derechos humanos no prescribe, citaron los mismos fallos que nosotros para concluir que no había pasado el plazo razonable para juzgar el delito”, explicó Palmieri. “Lo importante es que ahora vamos a poder formular cargos y acusar a cada uno de los imputados”, detalló el abogado.

Entre la quincena de sospechosos que ahora volverán a estar bajo el ojo de la justicia hay jefes policiales, funcionarios de seguridad y oficiales que participaron del operativo policial en el que José Darío Poblete –condenado a prisión perpetua- disparó contra Fuentealba.

El 7 de diciembre de 2007, después de 30 días de ser ignorados por los funcionarios provinciales, los docentes neuquinos agremiados en ATEN acordaron cortar la ruta nacional 22, a la altura de la localidad de Arroyito. Fuentealba no estaba de acuerdo por la geografía del lugar, que no permitía refugiarse, pero acató lo votado en la asamblea. El entonces gobernador Jorge Sobisch ordenó impedir que se cortara la ruta. Hubo balas de goma, gases lacrimógenos y un carro hidrante que avanzó contra los manifestantes. Cuando se retiraban, la policía les cortó el paso y Poblete disparó un cartucho de gas lacrimógeno contra un Fiat 147 que tenía a dos metros de distancia. El proyectil atravesó el parabrisas trasero y le destrozó el cráneo al maestro.

Después de la condena contra el policía, comenzó a avanzar muy lentamente la investigación penal sobre las responsabilidades políticas y operativas de la represión. Después de los quince sobreseimientos “en forma total y definitiva” que la jueza Malvido había dictado el 5 de septiembre de 2014, por considerar que se había cumplido el “plazo razonable” para juzgar el delito, la querella de Rodríguez presentó impugnación ordinaria para revertirlo. Las defensas de los acusados y la fiscalía a cargo de Ignacio Di Maggio, había pedido el sobreseimiento.

El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y la Secretaría de Derechos Humanos presentaron recursos de amicus curiae para ser aceptados en el proceso, cosa que ocurrió. Y también pidieron que se revirtieran los sobreseimientos. Para el CELS, era imposible decidir sobre el plazo razonable sin tener en cuenta factores como “la gravedad y naturaleza del delito, la cantidad de cargos imputados, la naturaleza de las investigaciones, la cantidad de personas involucradas, el número de testigos, las condiciones de orden público, la autonomía de las autoridades”.

La querella de Palmieri planteó que se trataba de un caso grave de violaciones a los derechos humanos, imprescriptible. Hoy, el Tribunal de Impugnación le dio la razón, pero con un fundamento más técnico. El juez Sommer, en mayoría, dijo que “no resultan aplicables en el caso los precedentes invocados” de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), pero citó la Ley Orgánica de la Justicia Penal de la provincia y estableció que el plazo era de dos años y seguía vigente.

Ahora las defensas tienen diez días para recurrir el fallo. En caso de que lo hagan, deberá resolver el Tribunal Superior de Justicia de Neuquén. Si no lo hacen, se abrirá la etapa para presentar los cargos. Es decir, el equivalente a la declaración indagatoria de las causas de la justicia nacional.

LB/RA

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