Los distintos trabajos publicados en INFOJUS NOTICIAS hasta el 9/12/2015 expresan la opinión de sus autores y/o en su caso la de los responsables de INFOJUS NOTICIAS hasta esa fecha. Por ello, el contenido de dichas publicaciones es de exclusiva responsabilidad de aquellos, y no refleja necesariamente la posición de las actuales autoridades del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos respecto de los temas abordados en tales trabajos.

Infojus Noticias

18-4-2015|10:32|Córdoba CórdobaProvinciales
Etiquetas:
La sentencia de la Cámara Criminal 4ª de Córdoba apunta a la reinserción social

Por ser analfabeto, le atenuaron la condena y deberá ir a la primaria

El joven tiene 19 años y vive en un barrio de la periferia de Córdoba. Fue condenado a tres años de prisión en suspenso por robo. "El juez debe cumplir con la ley dictando las penas cuyos atemperantes y agravantes están especificados en el Código Penal: uno de ellos es la dificultad para ganarse el sustento", explicó el juez Jorge Montero.

  • Fotos: Gentileza Diario La Voz del interior.
Por: Alexis Oliva, desde Córdoba.

-Ni siquiera sabía firmar con su nombre completo, y en la audiencia manifestó que había días en que no tenía ni para comer –cuenta el juez Jorge Raúl Montero, titular de la Cámara Criminal 4ª de Córdoba. Se refiere a un joven al que días atrás condenó a tres años de prisión en suspenso por robo, tentativa de robo y coacción, porque consideró como atenuantes su falta de alfabetización y su extrema precariedad económica.

De incierto nombre de pila, Jonathan Elías o Diego Maximiliano Fierro, 19 años, vive en el barrio Ciudad de Mis Sueños, construido por el Gobierno provincial hace diez años en la periferia sudeste de la ciudad de Córdoba, cinco kilómetros más allá de la avenida de circunvalación. Contra su voluntad, más de 350 familias fueron entonces trasladadas desde la villa La Maternidad, en el tradicional barrio de San Vicente, donde la mayoría subsistía  recolectando cartón en vehículos a tracción animal. Entre ellos, los Fierro.

Desde Ciudad de Mis Sueños, Jonathan o Diego salía en el carro de su familia a buscar trabajo, hasta que lo empezó a usar para robar. El mediodía del 26 de julio de 2013, entró  a una obra en construcción en barrio Ampliación San Pablo. El matrimonio dueño de la vivienda llegó cuando estaba a punto de cargar una puerta de madera y avisó a la policía. El 24 de noviembre de ese año, Fierro robó en una casa del cercano barrio Los Fresnos un equipo de música y un reproductor de DVD.  Los vecinos lo reconocieron cuando huía en el carro. “Te voy a matar apenas me denuncies”, amenazó a Jacqueline Natalí Argüello, la dueña del equipo.

Al ser detenido, Fierro confesó los hechos y ante las autoridades judiciales dijo estar arrepentido y pidió perdón a las víctimas, lo que además de su juventud, falta de antecedentes penales y no haber ejercido violencia fue valorado como atenuante al daño producido. Pero lo que con más énfasis destacó el juez en la fundamentación del fallo fue la condición de analfabeto del acusado.  

“El flagelo de la falta de educación, lo priva de las más mínimas posibilidades de inserción en el mundo laboral del presente y lo convierte en un individuo altamente vulnerable, dado que sus medios de vida son precarios, paupérrimos, demasiado aleatorios (como vivir de ‘changas’), sin un ingreso fijo o habitual, y lo ubican en la terrible disyuntiva de vivir dentro de la ley, o por el contrario, contrariarla con vistas al logro de la subsistencia de sí mismo y su grupo familiar”, reza el texto de la sentencia.

La ley y los atemperantes

El fallo tuvo amplia y negativa repercusión en los principales medios masivos de comunicación de Córdoba. Para el juez Montero, “fue malinterpretado”. “El juez debe cumplir con la ley dictando las penas, cuyos atemperantes y agravantes están específicamente valorados en los artículos 40 y 41 del Código Penal, y una de ellas es la dificultad para ganarse el sustento. Eso se valoró como un atemperante, lo que no significa que se lo haya liberado de responsabilidad penal”, explicó el magistrado a Infojus Noticias. Y añadió que “por el auge del delito hay un sentimiento popular que los teóricos llaman ‘la justicia de la plaza’, que reclama que se aplique el máximo de las penas. Eso no es racional ni legal. En casos como este, la ley supone que el imputado se puede resocializar en libertad”.

En ese sentido, la sentencia propuso acciones concretas, al ordenar al joven condenado “completar la escolaridad primaria”, “adoptar en un término prudencial un empleo, ocupación u oficio acorde a sus posibilidades” y “someterse a un tratamiento psicológico y/o psiquiátrico acorde a la problemática de su adicción a las drogas”.

“La finalidad de la pena es la reinserción social -plantea el juez Montero-. El sistema penitenciario argentino tiene excelentes principios plasmados en la ley, pero la realidad evidencia que muchas veces el trato penitenciario hace que no se cumplan; entre los presos, hay alrededor de un 80 por ciento de reincidentes. Entonces, ¿la finalidad de la pena privativa de la libertad se cumple o no? A la luz de las estadísticas, yo diría que se cumple muy poco”.

-¿Por qué cree que está tan instalada la opinión a favor de penas más duras?

-Estamos viviendo un momento de inflación delictiva y es uno de los temas de mayor preocupación de la gente. Sin embargo, hay poca cultura jurídica. La mayoría de la gente cree que los jueces somos el revólver del Estado para luchar contra la delincuencia. No es así. Tampoco somos vengadores. Eso sería propio de un derecho penal beligerante. Los jueces debemos administrar justicia, dentro de los márgenes establecidos en las figuras penales, frente a la valoración en cada caso de si es un individuo peligroso o no. 

AO/LC

Relacionadas