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Infojus Noticias

16-5-2013|16:06|Acoso Virtual Río NegroProvinciales
Fallo del Superior Tribunal de Justicia

Confirman una condena de un año contra un ciberacosador

A Pedro Fadelli se le inició una causa en 2009. Según figura en el expediente judicial, se hizo pasar por un chico de 14 años y estableció contacto por videoconferencia con una nena de 13. Durante el contacto virtual se exhibió ante la cámara mientras se masturbaba.

  • La resolución dejó firme la condena contra Fadelli, dictada en 2012. Foto ilustración: Leo Vaca.
Por: InfoJus

Pedro Fadelli tiene ahora 39 años. En 2009, se le inició una causa porque, según figura en el expediente judicial, se hizo pasar por un chico de 14 años y estableció contacto por videoconferencia con una niña de 13 años que era hija de una empleada suya. Durante el contacto virtual se exhibió ante la cámara mientras se masturbaba. Durante la conversación la niña se dio cuenta de que el hombre la estaba engañando, que se trataba de un adulto. Entonces ella finalizó la conversación y le avisó a su madre que sospechó de Fadelli y lo denunció. Fadelli formateó su computadora pero peritos informáticos recuperaron la conversación.

 
Ahora, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro confirmó una sentencia de un año de prisión en suspenso en su contra por exhibiciones obscenas agravadas. La condena se había dictado en agosto de 2012 y le había impuesto dos condiciones a cumplir durante tres años: cien horas anuales de trabajo comunitario y evaluaciones psicológicas. La resolución dejó firme la condena contra Fadelli dictada por la cámara segunda del Crimen de la ciudad de Cipolletti, informó la agencia Télam.
 
Rosa Castro, la mamá de la niña afectada, lleva adelante una campaña de firmas para lograr que el Congreso Nacional apruebe la ley de “grooming” o ciberacoso. El proyecto tiene la intención de que el Código Penal incorpore al ciberacoso como un delito específico. Establece penas de seis meses a cuatro años para personas que establezcan contacto con menores de 18 años con el fin de cometer actividades sexuales explícitas o actos con connotación sexual. Y una pena de dos a seis años cuando el material pornográfico obtenido sea utilizado para que el menor realice una actividad en contra de su voluntad. 
 
El proyecto fue aprobado por la Cámara de Senadores en octubre de 2011. Si no es tratada por la cámara de Diputados perderá estado parlamentario en octubre de 2013.