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Infojus Noticias

5-1-2015|17:32|Fallo Nacionales
El fallo se firmó antes de que empiece la feria judicial

Seguirán investigando a las hermanas De Narváez por evasión

Así lo decidió la Corte Suprema. María Isabel y Juanita De Narváez Steuer, hermanas del diputado nacional, fueron denunciadas por la AFIP de evadir los pagos del impuesto a las ganancias entre 2005 y 2006. Los defensores plantearon que la causa no tenía requerimiento fiscal de instrucción, pero la Corte rechazó el planteo.

  • Télam
Por: Infojus Noticias

La Corte Suprema de Justicia rechazó dos recursos extraordinarios presentados por las hermanas del diputado nacional Francisco De Narváez (Unión Celeste y Blanco) y seguirán siendo investigadas por presunta evasión tributaria. Las denunció la AFIP por evasión en sus pagos de impuesto a las ganancias entre 2005 y 2006.

La defensa de las hermanas María Isabel y Juanita De Narváez Steuer está en manos de Alejandro Carrió y Gustavo de Urquieta, que llegaron hasta el máximo tribunal del país intentando que se revoquen resoluciones de la sala B de la Cámara en lo Penal Tributario que había ordenado que se investigue a las hermanas por evasión. La denuncia la hizo en 2010, la Jefa de la Sección Actuaciones Judiciales de la División Penal Tributaria del Departamento Legal Grandes Contribuyentes Nacionales de la AFIP que les endilgaba infracciones a la Ley Penal Tributaria.

En primera instancia, la jueza María Straccia, titular del juzgado en lo Penal Tributario N°3, desestimó la denuncia contra las hermanas porque el fiscal de la causa Germán Bincaz, sostuvo que “los hechos denunciados no constituían delito criminal” y no instó la investigación. La AFIP apeló la decisión a través de sus letrados patrocinantes, Pablo Farsa y María Longo, y la Cámara en lo Penal Tributario, primero, y la Cámara Federal de Casación Penal, después, le dieron la razón.

En la presentación que hicieron ante la Corte los abogados de las hermanas De Narváez Steuer señalaron que “no resulta posible proceder ante la ausencia del requerimiento fiscal de instrucción” considerando que “ningún órgano jurisdiccional puede iniciar una investigación penal sin el impulso externo del Ministerio Público Fiscal”. Pero en una sentencia firmada antes de comenzar la feria la Corte Suprema declaró “inadmisible” la presentación de los abogados.

En dos sentencias firmadas el 16 de diciembre pasado, los jueces Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt y Juan Maqueda rechazaron los recursos. Con ello confirmaron la sentencia de la sala III de la Cámara Federal de Casación Penal que era concordante con el argumento de que la causa puede continuar más allá de que el fiscal promueva la desestimación de la denuncia.

“La intervención de la pretensa querellante desde los estadios iniciales del proceso le otorga un legítimo impulso al proceso, de manera tal que los órganos jurisdiccionales llamados a resolver las controversias que en él se suscitan se encuentran obligados a ejercer en forma plena sus potestades de “decir el derecho”, sostuvo la sentencia confirmada por la Corte. En disidencia sólo votó la jueza Elena Highton que pretendía se haga lugar al planteo de la defensa y se deje sin efecto el fallo.

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