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Infojus Noticias

15-10-2014|12:46|Intimidad y web Nacionales
Etiquetas:
Por un video íntimo

Rechazan demanda de una modelo contra Google porque trabajó en Playboy

En 2006, se filtró en la web un video íntimo de la modelo Deborah Del Valle. La mujer, que posó en Playboy y otras publicaciones éróticas, inició una demanda en 2013 contra los buscadores para que dejen de enlazar el video. La justicia civil dictaminó que “no se distingue el límite entre la actividad laboral y profesional y el contenido cuestionado”.

Por: Gustavo Ahumada

La Justicia civil le dio la razón a Google Inc. y revocó una medida cautelar que le había ordenado al buscador suspender los vínculos con un video íntimo de la modelo Deborah Del Valle y otros contenidos sexuales eróticos que se difunden sobre ella en la web. La modelo trabajó para Playboy TV y por eso los jueces entendieron que lacautelar no correspondía porque ya había consentido material “al menos similar a los contenidos por ella denunciados”.

En una sentencia de tres páginas, los jueces de la sala B de la Cámara Civil, Omar Díaz Solimine, Luis Mizrahi y Claudio Ramos Feijoo, revocaron la medida cautelar dictada por el juez Juan Manuel Converset en septiembre del año pasado. Para ellos “no se distingue  el límite entre la actividad laboral y profesional que ha desempeñado la actora y el contenido cuestionado”.

Del Valle inició en 2013 una demanda con Google Inc., Yahoo SRL y Bing de Microsoft de Argentina, porque se filtró en la web un video íntimo de ella con una ex pareja. La modelo sostenía que se vulneraba su “intimidad e imagen” y que eso no le permitía “retomar su carrera” u “otro tipo de ocupación”. “No soportaba la idea de verme envuelta con él en una causa judicial”, dijo la modelo sobre su ex pareja.

Aunque en primera instancia tuvo una sentencia favorable, los jueces de la cámara le dieron la razón a Google. Los abogados de la empresa apelaron la sentencia argumentando que la modelo trabajaba en Playboy TV “como actriz de producciones de género erótico”. “La accionante ha expuesto en varias ocasiones su intimidad” consignaron en el fallo los jueces y explicaron que “ha consentido la divulgación de material cuyo tenor resulta al menos similar a los contenidos por ella denunciados”. A ello sumaron que la modelo, según explicó en el expediente, se enteró en 2006 de la difusión del video y recién en 2013 hizo la presentación judicial.

Los buscadores en la Corte

No es un caso aislado. Actualmente hay varias causas similares en la Justicia Civil y en el Civil y Comercial. El caso más importante sobre la responsabilidad de los buscadores de internet está aún pendiente de resolución en la Corte Suprema. En mayo pasado se hicieron una serie de audiencias públicas en el máximo tribunal del país en lo que podría considerarse el “leading case”, el caso de la modelo María Belén Rodríguez (“Rodríguez, María Belén c/ Google Inc s/ daños y perjuicios”).

Se trata de una causa iniciada en 2006 por el abogado de la modelo Rodríguez, Martín Leguizamón, contra las empresas Yahoo y Google. Se deberá esclarecer la responsabilidad aplicable a los buscadores de internet –si la tienen y sus alcances– cuando su actividad pueda afectar la dignidad, el honor, intimidad o imagen de las personas. Es que los buscadores vinculan, enlazan y difunden sitios web. En el caso de Rodríguez, lo hacían con sitios porno.

El caso ya tiene un dictamen de la Procuración General elaborado por la procuradora fiscal ante la Corte, Laura Monti, en el que se propone rechazar la demanda porque “debe aplicarse al caso la doctrina de la Corte en materia de responsabilidad de los medios de comunicación por los dichos de otros”, es decir, no se lo puede responsabilizar por el contenido de los sitios que relevan información. Sólo resta que la Corte Suprema se pronuncie.

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