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Infojus Noticias

20-9-2015|10:30|Alquileres Nacionales
La ley señala que se puede cobrar por comisión, el equivalente a un mes de alquiler

“Por día, las inmobiliarias cobran 1 millón de pesos fuera de la ley”

Lo dijo el legislador porteño Fernando Muñoz, que hace unas semanas presentó un amparo ante la Justicia para que el Colegio Único de Corredores de Inmobiliarias (CUCIBA), informe sobre las sanciones que se aplican a las inmobiliarias que incumplen la normativa.

  • Télam.
Por: Cintia Kemelmajer

Si un inquilino firma un contrato cuyo monto total asciende a 82.000 pesos -considerando que el primer año pagará .000 y el segundo, .900-, en general, cualquier inmobiliaria le va a cobrar como comisión, dos meses de alquiler: para el caso, serán .900. Esto es lo normal, aunque no justamente lo adecuado: según establece el Artículo 57 de la Ley 2.340 de la Ciudad de Buenos Aires, ese importe debería ser de .436. Es decir, el equivalente a un solo mes.

“A pesar de la ley, casi no hay inmobiliarias que cobren un mes de comisión. Hay casos que cobran por ese concepto hasta tres meses”, señaló el diputado del Frente para la Victoria Fernando Muñoz, que hace algunas semanas interpuso un recurso de amparo por acceso a la información ante la Justicia para que se brinde información fehaciente sobre el incumplimiento de esta cláusula, tras varios pedidos de informe sobre el tema al tema al Colegio Único de Corredores Inmobiliarios (CUCICBA), el organismo encargado de hacer respetar la ley.

La normativa, sancionada en 2007 por la legislatura porteña, especifica en su artículo 57 que no puede cobrarse más del 4,15% del total del alquiler. Es decir, aproximadamente un mes de comisión.

Pedidos de informes

Según el Censo 2010, en la Argentina son 1.960.676 los hogares alquilados. En la Ciudad de Buenos Aires, los alquileres representan más del 30%. La Ley 2340, que los regula, dice que las denuncias por cualquier tipo de abusos de inmobiliarias deben ser presentadas directamente en el CUCICBA, organismo que se encarga de controlar y sancionar a quienes infrinjan la ley.

“Con el cobro ilegal de las comisiones, por día las inmobiliarias están recaudando un millón de pesos por fuera de la ley”, aseguró Muñoz, que presentó también un proyecto de ley para que las inmobiliarias tengan que publicar, en su fachada, el artículo 57 de la ley que establece el porcentaje legal de comisión a cobrar.

En abril de este año, el diputado del FpV emitió un pedido de acceso a la información pública, valiéndose del artículo 8 de la ley 104 de acceso a la información, en el que apeló a la obligación de todo organismo público de responder los requerimientos de la sociedad. “Este amparo abre una posibilidad para que la Justicia se pronuncie sobre una problemática puntual”, manifestó al respecto Gervasio Muñoz, representante de la agrupación ATE Inquilinos.

Entre otros puntos, en la presentación se pide conocer las medidas de supervisión y control que se utilizan para asegurar el cumplimiento del monto máximo de comisión establecido en el artículo 57 de la ley N° 2340; si hubo  denuncias por cobro de comisiones por encima de este máximo, y qué medidas se adoptaron al respecto; la cantidad total de denuncias contra matriculados recibidas por CUCICBA en los últimos 24 meses; y la razón o motivo por el cual, a partir de junio de 2014, se exige el abono de un arancel de 0 para tramitar denuncias contra matriculados. “De la primera misiva y las que le siguieron, solo recibí a catarata de respuestas vagas”, señaló el legislador porteño, que en junio repitió el pedido de informes con puntos similares.

En las dos misivas enviadas por el legislador porteño al CUCICBA, se insiste en conocer las razones o motivos que pueden llevar a la  suspensión de la matrícula; la nómina de matriculados infractores, con número de expediente en cada caso; el motivo de la sanción a matriculados infractores; las medidas empleadas para la difusión de esta nómina entre la ciudadanía, potencial interesada en celebrar contratos de alquiler; y lo fundamental: sise registraron denuncias por cobro de comisiones por encima de este máximo, y qué medidas se adoptaron al respecto.

“La demandada contestó de manera totalmente confusa, evasiva y ambigua frente a ello –advierte el legislador en el texto del amparo-, señalando que acorde tramitación del expediente N° 241/13, con fecha 10/10/2013 el Tribunal de Ética y Disciplina del CUCICBA resolvió sancionar a un matriculado, denunciado por exceder, entre otras cosas, el cobro de honorarios en una locación de vivienda conforme lo prescripto por el artículo 57 de la Ley 2340, con la sanción prescripta en el artículo 43 inciso 2° y 3° de la Ley 2340 (Apercibimiento Público + Multa de $ 4000 – Pesos Cuatro Mil”. Es decir que solo habría habido una denuncia resuelta por cobro de comisiones excesivas, resuelta, según CUCICBA, en enero pasado. En sus respuestas, el Colegio Único también señala que es por los “usos y costumbres” que las inmobiliarias cobran dos meses de comisión. Y una cantidad mayor de denuncias, según el Colegio, tendrían su razón de ser en las inmobiliarias que no cuentan con una matrícula que las habilite.

La respuesta, nuevamente, dejó insatisfechas las demandas de Muñoz, quien entonces interpuso el citado recurso de amparo en la Justicia por incumplimiento de acceso a información pública. En el mismo solicita que el CUCICBA “conteste lo requerido, con el objetivo de confirmar si efectivamente está cumpliendo con su atribución de sancionar a las inmobiliarias que están fuera de la ley”. Fernando Muñoz.                                                                                                                          Crédito: Blog del diputado Fernando Muñoz.

A la espera de una respuesta

Según pudo saber Infojus Noticias, es la primera vez que se realiza una presentación judicial por la Ley 2340. El lunes próximo, 21 de septiembre, el Colegio responderá al amparo con una presentación ante la Justicia, en la que planteará, entre otros aspectos, las cuestiones adelantadas a este medio por su apoderado legal.

Un aspecto que sí tuvo se resolvió en agosto del año pasado fue el del cobro por denuncias: el Colegio, en un principio había establecido un arancel por denuncia “para cubrir gastos administrativos”, pero meses después lo retiró. “Esa tarifa por denuncia desalentaba en cierta forma su formulación por parte de los inquilinos”, expresó Ricardo Botana, de la Unión Argentina de Inquilinos (UAI). Ahora, el diputado Muñoz realizó una denuncia interna pidiendo que se devuelva el monto del arancel que el Colegio cobró a 94 personas que –según precisaron desde ATE Inquilinos- denunciaron en el transcurso del último año. El Colegio respondió que “es una denuncia en abstracto”.

“No podemos hacer una cacería de brujas contra las inmobiliarias”

“Lo cierto es que recibimos muy pocas denuncias de inquilinos por este tema”, señaló por su parte a Infojus Noticias el apoderado y representante legal del CUCICBA, Rodolfo Barbieri, que aseguró que a través de un newsletter difundieron a las inmobiliarias sobre dicha cláusula, y que en caso de incumplimiento son los propios inquilinos quienes deberían denunciar la irregularidad ante el Colegio para que tome cartas en el asunto.

Respecto del cobro de más del 4,5% en concepto de comisión, desde el CUCICBA indican que “recibimos muchas denuncias por inmobiliarias que se quedan con una reserva de alquiler y compra venta cuando la transacción se cae, pero no por inmobiliarias que cobran más depósito de lo que corresponde”. Barbieri dijo que están receptivos a las denuncias que aparezcan, haciéndole cumplir a la inmobiliaria en cada caso lo exigido por la normativa. “No podemos salir a hacer una cacería de brujas contra las inmobiliarias –indicó el asesor legal-. Nosotros vigilamos que los corredores actúen bien, pero también defendemos sus derechos. Protegemos los intereses de ambos: tanto de las inmobiliarias como de los inquilinos”.

CK/LC

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