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Infojus Noticias

13-7-2014|13:59|Justicia Nacionales
Un hecho insólito en la justicia

Once jueces en cuatro años: cómo resolver el robo de tres kilos de carne

Once jueces, cuatro fiscales y cinco defensores fue el resultado de todo el camino judicial contra un hombre que confesó haber “sustraído sin violencia en las personas ni fuerza en las cosas, dos pedazos de carne de un supermercado”. Las peripecias de un sistema judicial que recae contra los más vulnerables.

  • Ilustración: Kitsch
Por: Gustavo Ahumada

El 18 de julio de 2008 la fila del supermercado "Día", ubicado sobre la avenida Cabildo al 4200, se encontraba repleta. Era la una y media de la tarde. En la fila había un hombre flaco, desarreglado y sin dientes con una bandeja de carne tipo palomita en su mano. Le llegó su turno. “No tengo plata”, atinó a decir Hernán y dejar en la caja la bandeja que traía consigo. Después caminó para tomar su bolso, que estaba colgado a unos metros.

Para Adriana, una de las cajeras, la actitud fue  sospechosa e intentó llamarlo. El hombre, tembloroso, agarró el bolso y corrió. Las empleadas del supermercado alertaron a la policía que lo detuvo a pocos metros del supermercado. “Tenía hambre”, les dijo. Ese día comenzaron casi cuatro años de proceso judicial que terminaron en la Cámara Federal de Casación Penal.

Los “tiempos” de la justicia

“Necesitaba llevarme la carne porque no tenía para comer”, dijo Hernán en la primera declaración indagatoria. Su hijo hacía tres días que no comía y vivían a caldo y mate. La declaración fue tomada a cinco meses de los hechos, en diciembre de 2008. En marzo del año siguiente se le tomó una nueva indagatoria: el hombre fue procesado por hurto en grado de tentativa y su defensor oficial apeló.

El procesamiento, que incluía un embargo, fue confirmado en abril de 2009 por la Cámara del Crimen. Para fines de ese año el fiscal pidió la elevación al juicio del hombre: habían pasado 17 meses de proceso judicial. El 28 de diciembre se clausuró la investigación y el hombre quedó a las puertas del juicio. El caso pasó a lo que se conoce como la “etapa del plenario” en febrero de 2010 pero volvió a instrucción para que se “realice el embargo” sobre el hombre.

Estas idas y vueltas siguieron hasta que las partes fueron convocadas para ver los detalles de la instancia oral. En agosto de 2010, a más de dos años de los hechos, se puso fecha del juicio: se celebraría en septiembre de 2011.
Pero por “razones internas del Tribunal”, la audiencia se suspendió y se pasó para principios de marzo de 2012. Un nuevo retraso pospuso por última vez el juicio, que finalmente se hizo el 15 de marzo de 2012, a casi 4 años del intento de robo de dos pedazos de carne. El 20 de marzo de 2012 el hombre fue condenado a 15 días de prisión en suspenso por “tentativa de hurto” y al pago de “costas”, es decir, los gastos del juicio.

Un proceso judicial “criminalizante”

El berenjenal judicial siguió su camino y llegó a la Cámara Federal de Casación Penal después de la que defensa oficial del hombre presentara un recurso de casación. Once jueces, cuatro fiscales, y cinco defensores fue el resultado de todo el camino judicial de la sentencia contra un hombre que confesó haber “sustraído sin violencia en las personas ni fuerza en las cosas, dos pedazos de carne (de tipo palomita por un peso aproximado de 3 kg) de un supermercado”.

La sala II de la Casación, con las firmas de Alejandro Slokar, Ángela Ledesma y Ana María Figueroa, hizo lugar al recurso y absolvió a Hernán.  “La discriminación de la selección criminalizante secundaria, en tanto recae con preferencia sobre personas de los sectores más carenciados, opera como en una epidemia sobre los más desfavorecidos”, argumentó en su voto Slokar.

Los jueces hicieron notar que “frente a un tuerto, desocupado, cuasi famélico, que procuró dos trozos de escaso valor de carne para comer… se establece la irracional aplicación cuatro años después del art. 162 del CP con total desprecio del dato óntico (social)” y con “un autismo tan manifiesto como indignante”.

El caso llegó al Consejo de la Magistratura

Los jueces, además de absolver al imputado, remitieron las actuaciones al Consejo de la Magistratura para que se “adopten las medidas que estime pertinentes”. El organismo, en el plenario realizado el pasado 5 de junio aprobó la resolución 185/2014 y desestimó in límine, es decir, sin tratamiento la denuncia que “surge de la remisión” efectuada por la Cámara.

“Las facultades disciplinarias o acusatorias del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación se limitan a cuestiones relacionadas con la eficaz prestación del servicio de justicia”, dice la resolución que aclara que esto “debe ser adecuadamente resuelto mediante el principio de oportunidad procesal que ponga fin a un sinsentido lógico y hasta un absurdo antieconómico mediante la renovación de la forma de enjuiciar y la reformulación de la organización judicial...".

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