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Infojus Noticias

19-7-2013|9:33|Incumplimiento Nacionales
Para las agrupaciones, se trató de un veto encubierto

La Justicia ordenó a Macri proteger a testigos víctimas de la dictadura

La ley para proteger a testigos se sancionó en 2009 pero no se reglamentó. La agrupación H.I.J.O.S y el Observatorio de Derechos Humanos fueron a la Justicia. La Cámara en lo Contencioso Administrativo reafirmó lo que había dicho el juez de primera instancia: el gobierno debe reglamentar la ley en 20 días.

Por: Infojus Noticias

Después de cuatro años sin que la Ciudad reglamentara una ley de 2009 para brindar protección y asistencia a testigos en causas por delitos de lesa humanidad, la Justicia ordenó al Jefe de gobierno porteño hacerlo. Y dio un plazo de veinte días para cumplir la orden, en un fallo que dio a conocer hoy el diario Página/12.

A partir de la desaparición en 2006 de Jorge Julio López –querellante y testigo crucial en un juicio que condenó por genocidio a Miguel Etchecolatz-  se impulsaron nuevos programas nacionales y provinciales para proteger a testigos y querellantes. En la ciudad de Buenos Aires, en 2009 la Legislatura aprobó la ley 2939,  creando así un programa para prestar asistencia psicológica y acompañamiento especializado a testigos, querellantes y víctimas del terrorismo de Estado. La ley fijaba un plazo razonable para la reglamentación de sus artículos: hasta el 31 de marzo de 2009. Pero transcurrieron tres años sin que el gobierno hiciera algo para reglamentarla.

La agrupación H.I.J.O.S a través de uno de sus integrantes, Carlos Pisani (hoy subsecretario de Promoción de los Derechos Humanos), y con el patrocinio del ODH (Observatorio de Derechos Humanos) presentó un amparo contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Recordó el asesinato de Silvia Suppo, testigo en Santa Fe, y la desaparición de Julio López en la Plata. “Sufrimos la ignominia de un nuevo desaparecido en democracia y, en particular, las víctimas del terrorismo de Estado sufrimos las consecuencias de poder correr la misma suerte que López”. Los querellantes leyeron que la falta de reglamentación de la ley, tres años después de su sanción, no era otra cosa que un veto encubierto.

En julio de 2011 la jueza Elena Liberatori dictó una cautelar que ordenó a Macri acompañar y contener a Pisoni, hasta tanto se resolviera el tema de fondo. En mayo de 2012 un juez de primera instancia ordenó al gobierno porteño reglamentar la ley en veinte días.  “La reglamentación no es una facultad optativa de la administración”, expresó entonces el juez Juan Vicente Cataldo. Los macristas apelaron, pidieron un plazo mayor y no pagar las costas. La causa llegó a la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, que rechazó la apelación y ordenó reglamentar la ley. “Se verifica un claro incumplimiento de la ley por parte de la administración”, destacaron los integrantes del tribunal y obligaron a reglamentarla en un plazo de veinte días.

“No acompañaron a ninguna víctima de la dictadura en la Ciudad. Es interesante que haya venido la Justicia a reparar lo que no se hace cargo el Ejecutivo porteño, en la persona de Macri”, dijo a Página/12 Demian Konfino, del Observatorio de Derechos Humanos (ODH). El Observatorio señaló que el fallo sienta jurisprudencia a obligar a que dicte una reglamentación.