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Infojus Noticias

9-8-2013|19:16|Armas Nacionales
Fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario

La Justicia confirmó que la Metropolitana no puede usar las pistolas Taser

La Cámara confirmó el fallo de primera instancia que había prohibido el uso de las armas de electrochoque Taser X 26 por parte de la Policía Metropolitana. Fue a partir de una medida de amparo presentada por el Observatorio de Derechos Humanos de la Ciudad.

  • En el país ninguna fuerza de seguridad emplea armas de electrochoque por decisión del Ministerio de Seguridad.
Por: Infojus Noticias

La Sala II  de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad confirmó el fallo de primera instancia que había prohibido el uso de las armas de electrochoque Taser X 26 por parte de la Policía Metropolitana luego de una medida de amparo presentada por el Observatorio de Derechos Humanos de la Ciudad (ODH).

El ODH había presentado en febrero de 2010 un recurso ante la justicia porteña para impedir la utilización de las pistolas Taser por considerarlas un elemento de tortura. En julio de ese año el  juzgado N° 9 de la Ciudad de Buenos Aires prohibió su uso pero el gobierno porteño apeló a la de jueza Andrea Dana.

Para rechazar el recurso de apelación, los camaristas tuvieron en cuentalos mandatos constitucionales y las recomendaciones de las Naciones Unidas y Amnistía Internacional que consideran estas armas como “una forma de tortura que puede causar, en ciertos casos, la muerte de las personas”.

En el fallo dice que “aún la mera sospecha de que el empleo de un arma, por parte de las fuerzas de seguridad, pueda derivar en una acción cruel, inhumana y degradante para la condición humana, impone extremar los medios de prueba tendientes a desvirtuarlo.”

Para los jueces “su aplicación vulnera los derechos a la vida, integridad física y salud, reconocidos en la Carta Magna, Tratados Internacionales y Constitución de la Ciudad”.

El dictamen contextualiza desde una perspectiva de derechos humanos y advierte que se contemple la  historia argentina y “la utilización ilegítima (y extrema) de la violencia por parte del Estado”.

El fallo tuvo en cuenta dos instrumentos internacionales: la Convención contra la Tortura adoptada por el Asamblea General de las Naciones Unidas, con jerarquía constitucional, y la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura.

Argentina adhirió a esos dos acuerdos que desaprueban el uso de las armas tipo Taser, utilizada en más de 40 países. Para los organismos internaciones este tipo de armamento puede lesionar derechos como la vida, la integridad física y la salud de las personas.

En el país ninguna fuerza de seguridad emplea armas de electrochoque por decisión institucional del Ministerio de Seguridad de la Nación.

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