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Infojus Noticias

6-5-2013|12:31|JUSTICIA Nacionales
El juez Casanello sostuvo que es constitucional

Desestiman una denuncia contra Gils Carbó por nombrar fiscales

El senador radical Mario Cimadevilla había denunciado a la procuradora general por “nombramiento ilegal de funcionarios”. Casanello consideró que este tipo de designaciones son "habituales", aún antes de la llegada de Gils Carbó a la Procuración.

  • El juez contradijo al fiscal Marijuan, que impulsó la denuncia contra Gils Carbó. Sol Vazquez
Por: Mariano Martin

La designación de fiscales subrogantes es una práctica “no novedosa”, sostuvo hoy el juez federal Sebastián Casanello al desestimar una denuncia contra la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, presentada por el senador radical Mario Cimadevilla. Para Casanello, la obligación constitucional del Ministerio Público de “promover la actuación de la Justicia en defensa de la legalidad” sería “letra muerta si se impidiera a la conducción del organismo adoptar medidas tendientes a garantizar su eficacia”.

 
El juez contradijo al fiscal Guillermo Marijuan, que frente a la denuncia de Cimadevilla había firmado un requerimiento para impulsar la acción penal en contra de Gils Carbó y pedir pruebas. La presentación original objetaba nombramientos de fiscales ad hoc como en el caso de Carlos Gonella al frente de la procuración especial para la lucha contra el lavado de dinero (Procelac). El senador radical hizo la denuncia por la intervención de la Procelac en la causa abierta por presunto lavado contra el empresario Leonardo Fariña y el financista Federico Elaskar.  Cimadevilla le reprochó a Gonella no haber pedido la indagatoria del empresario santacruceño Lázaro Báez.
 
Para Casanello, designaciones como la de Gonella fueron una práctica habitual antes de la llegada de Gils Carbó a la Procuración y apuntan a cubrir una situación “excepcional en la que faltan fiscales” y que constituye “un problema que desde antaño aqueja al organismo”, en alusión al Ministerio Público.
 
"La reforma constitucional de 1994 dotó al Ministerio Público Fiscal de independencia, autonomía funcional y autarquía financiera pero al mismo tiempo le imprimió un mandato sumamente claro; promover la actuación de la Justicia en defensa de la legalidad -lo que, en nuestro caso´- se traduce en promover la acción penal pública- y de los intereses generales de la sociedad", señala la resolución del magistrado.
 
También da cuenta de diferencias entre el Poder Judicial, “donde rige el principio de horizontalidad”, y el Ministerio Público, cuya “organización es de tipo piramidal y actúa bajo los principios de jerarquía, unidad de actuación y coherencia institucional”. “El tipo de designaciones cuestionadas posee respaldo normativo”, apunta Casanello, para quien cuestionar los nombramientos implica una preferencia por “mantener las viejas (estructuras fiscales) hasta tanto el Congreso no intervenga y hasta tanto se cuente con una planta nueva de magistrados concursados”.
 
“Esto último es igual a decir que mientras ello no ocurra debe conservarse el tipo de organización esencialmente refleja, en la que a todo juzgado le corresponde un fiscal, con los inconvenientes propios de una simetría estructural que no se adapta a las funciones distintas que poseen ambos órganos”, agrega.
 
El criterio de Casanello es similar al que había dado a conocer la semana pasada Gils Carbó, cuando dijo que su obligación es “prestar un servicio de justicia adecuado, particularmente según las demandas sociales”, en la medida en que no están cubiertas todas las vacantes y que los sistemas de subrogancia no alcanzan para suplir las ausencias.
 
Sus colaboradores habían dicho que en la ley orgánica de la actividad la procuradora está facultada a “disponer fundadamente, de oficio o a pedido de un fiscal general, cuando la importancia o dificultad de los asuntos lo hagan aconsejable, la actuación conjunta o alternativa de dos o más integrantes del Ministerio Público Fiscal de igual o diferente jerarquía, respetando la competencia en razón de la materia y del territorio”. Y que incluso esta última limitación “no regirá para los magistrados de la Procuración General de la Nación”, en cuyos casos “la actuación de los fiscales que se designen estará sujeta a las directivas del titular” para la formación de los equipos de trabajo.
 
En la Procuración evocaron que Luis Moreno Ocampo intervino en el juicio a las juntas militares como “fiscal adjunto” a pedido del fiscal Julio César Strassera, quien le había pedido al entonces procurador general, Juan Octavio Gauna, “un colaborador para ese proceso”.
 
“La designación de fiscal ad hoc ha sido una política constantemente implementada por esta Procuración General desde los tiempos del procurador Nicolás Becerra, cuando ordenó la actuación de fiscales en el marco de los denominados Juicios por la Verdad, a fines de la década de 1990, lo cual fue motorizado por un compromiso internacional del Estado”, destacaron en la oficina de Gils Carbó.  
 
Dos semanas atrás, durante un acto público, la procuradora relacionó la denuncia en su contra a fiscales en actividad que se oponen a su gestión y mencionó a Raúl Pleé, quien hasta hace un par de meses estaba al frente de la unidad antilavado que fue reemplazada por la Procelac. “Era una unidad de lavado de dinero que no funcionaba, que dormía los expedientes”, dijo en esa ocasión.
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