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Infojus Noticias

21-9-2015|12:30|Cromañón Nacionales
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Las partes fueron notificadas vía electrónica

Cromañón: la Cámara confirmó las condenas a los Callejeros

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal revisó las penas por el incendio en el boliche. Los familiares celebraron la decisión. El abogado de Patricio Fontanet adelantó que irá a la Corte para una nueva instancia de evaluación de las condenas.

  • Sol Vázquez
Por: Infojus Noticias

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó este mediodía las penas a los integrantes de Callejeros y a los funcionarios porteños condenados por el incendio en el boliche Cromañón, donde murieron 194 personas y alrededor de 1500 resultaron heridas. Los familiares presentes en los tribunales federales de Comodoro Py celebraron al grito de “¡Gracias Justicia!”. En el caso de Ana María Fernández, ex directora de Control Comunal, Casación le redujo la condena a  dos años y diez meses.

Tras conocerse el fallo, Marcelo Brito, abogado de Patricio “Pato” Fontanet, anticipó a Infojus Noticias que va a interponer un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que el máximo tribunal revise las condenas. Mientras tanto, expresó que sus defendidos –también representa a Cristian Torrejón y Daniel Cardell– permanecerán en libertad hasta tanto “se decida la admisibilidad o no del recurso”. Esto significa que, por el momento, no irán presos.

Los músicos seguirán en libertad puesto que ahora se abrieron los tiempos procesales para que las partes presenten recursos extraordinarios para poder recurrir a la Corte Suprema de Justicia. Para cumplir con dicha instancia, tienen diez días. Con esas presentaciones, la Cámara Federal deberá decidir la admisibilidad o no de los mismos. De declararlos inadmisibles, los músicos podrían volver a prisión.

Hasta el momento, la Cámara Federal de Casación Penal había revisado las condenas, luego de que el máximo tribunal aceptara un recurso extraordinario de las defensas, basado en la garantía del “doble conforme”: es decir, exige que haya dos respuestas judiciales a una sanción penal.

El debate de las penas

El principio de doble conforme se aplica en base a una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos humanos. El 6 de agosto de 2014, tras la decisión de la Corte, el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 24 había ordenado la excarcelación del líder de la banda, Patricio “Pato” Fontanet (cumplía una pena de siete años de prisión), y del resto de los integrantes: el saxofonista Juan Carbone, el bajista Christian Torrejón y los guitarristas Maximiliano Djerfy y Elio Delgado (todos con penas de cinco años).

La misma suerte alcanzó a Raúl Villarreal (condenado a seis años), quien fue la mano derecha del fallecido Omar Emir Chabán (cumplía prisión por 10 años y 9 meses), y otros dos ex funcionarios porteños: la ex subsecretaria de Control Comunal, Fabiana  Fiszbin (cuatro años), y el ex director adjunto del área, Gustavo Torres (tres años y nueve meses). En el caso del baterista de la banda, Eduardo Vázquez (condenado a seis años de prisión), si bien se hizo lugar al recurso de su defensa, continuó preso porque cumple prisión perpetua por el homicidio de su esposa, Wanda Taddei.

En tanto, el escenógrafo Daniel Cardell (condenado a tres años de prisión) gozaba de libertad condicional desde el 16 de agosto de 2013, mientras que el manager de la banda, Diego Argañaraz (cinco años), fue liberado más tarde porque su trámite en la Corte fue diferente. Además, la Justicia dejó sin efecto la prisión domiciliaria de la ex directora de Control Comunal, Ana María Fernández (condenada a tres años y medio), que gozaba del beneficio por ser madre de un bebé. Para ella, también se dispuso la libertad.

El 16 de junio, el fiscal ante Casación Penal, Raúl Plee, y las querellas en la causa pidieron que se confirmaran las condenas impuestas. Las defensas, por su parte, reclamaron la absolución de los condenados y, en algunos casos, que se declarara la “inconstitucionalidad” o “nulidad absoluta” del fallo que, por mayoría, impuso las penas.

A esta instancia judicial se llegó luego de que, en 2009, el Tribunal Oral en lo Criminal N° 24 condenara a Chabán a 20 años de prisión y absolviera a los siete músicos de Callejeros. Para el manager de la banda, Argarañaz, la condena fue a 18 años de prisión por el delito de incendio doloso calificado. En tanto que Raúl Villarreal, mano derecha de Chabán, fue condenado a la pena de un año de prisión en suspenso, como partícipe secundario. Fiszbin fue condenada a la pena de 2 años de prisión, por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público. La misma condena recibió Ana María Fernández, ex directora de Fiscalización y Control.

El subcomisario Carlos Díaz, quien se desempeñaba en la seccional 7ma. al momento del incendio, fue condenado a 18 años de prisión, mientras que el ex jefe de la comisaría séptima, comisario Miguel Ángel Belay, y Gustavo Torres, ex director adjunto de Control Comunal de la Ciudad, fueron absueltos. Tras el juicio, ningún imputado fue preso.

Tres años después del debate oral, la Sala III de Casación modificó la carátula que involucraba a Chabán, de estrago doloso a culposo, un delito con penas menores. Además, revocó la absolución de Callejeros y los condenó, en tanto que los tres ex funcionarios fueron condenados por estrago doloso y se mantuvo el delito de cohecho. En diciembre de 2012, la Cámara Federal de Casación Penal ordenó el inmediato cumplimiento de las penas para el ex gerenciador de Cromañón, los integrantes del grupo Callejeros, el ex mánager de la banda, los policías y los ex funcionarios porteños. En agosto de 2014, la Corte Suprema había ordenado que se dictara una nueva resolución, que finalmente se conoció hoy.

JC/GA/CDLL

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